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Publicado: 20 Aug 2011 2:00 pm
chubby escribió:
Que tal de nuevo?
Supongo que todos un poco mas tranquilos sabiendo ya esa fecha que tanto esperábamos y esas plazas con las que llevamos tanto tiempo soñando.
Seguro que no por eso la espera va a ser menos insoportable y que según vayan pasando los días nos iremos poniendo un poquito mas nerviosos por ese futuro que se decidirá en el acto público.
En fin, solo quería enviaros un saludo, ya que con ser tan poquitos en este turno, lo cierto es que el hilo es dificil de perpetuarlo.
Bueno par ser totalmente franco, si que quería preguntaros una cosita. Katemisha, o quien lo desee, por favor decirme la direccion email del RRHH.
Sigo a vueltas con lo del cerificado médico (aún no he solicitado ninguno de los dos) y me gustaría escribirles y que me aclarasen este punto. No por nada, sino porque me parece que en la resolución se ha cometido un error de generalización (como sabemos en la convocatoria pone otra cosa) que conlleva a mi juicio una duplicidad en la documentación a aportar. Y quiza por escrito, puedan sacarme de dudas.
Un abrazo, y nos vemos muy pronto.
Mi consejo esq les escribas una carta, es mejor tener todas estas cosas por escrito con sello y fecha de entrada o salida segun el caso, asi estan mas q obligados a contestar, pero solo es una sugerencia, eh!!!
Por cierto cual es la diferencia de la convocatoria a la resolucion, esq no he leido con mucho detenimiento la resolucion y exactamente no se a q te refieres, si es por el tema de los certificados yo he solicitado los 2. Dime si es por otro tema por si puedo ayudarte en algo.
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Publicado: 20 Aug 2011 5:07 pm
Hola tete19:
Primeramente quiero darte las gracias por toda la información que me ofreces.
Respecto de lo que me preguntas, si que exite una diferencia entre el punto 8.5 de la convocatoria específica para el turno de discapacitados, en la que se expone la documentación a aportar llegado el acto público y que a parte del resto de requisitos solamente exige un certificado de bienestar social respecto de nuestra porcentaje y tipo de discapacidad y su compatibilidad con las funciones a desarrollar como auxiliar administrativo.
En cuanto a la última resolución con la fecha del acto público y las plazas, se añade ademas el certificado médico tal y como se les solicita también a los aprobados por turno libre.
La diferencia es que al turno libre ya se les pedia en la convocatoria ese certificado, entre otras cosas, ya que al no acreditar ningún tipo de discapacidad, este es un requisito indispensable para valorar su estado general de salud y que cualquier posible patología no pueda dificultar o impedir el normal desarrollo de su trabajo.
Entiendo que en esta última resolución, se han olvidado de las sensibles diferencias que en este sentido presentaban ambas convocatorias (libre y discapacidad) y se han limitado a exponer la misma relación de documentos a ambos.
Como decía, me parece absurdo que un medico del sescam tenga que certificar lo mismo que uno de bienestar social.
Amen de las molestias y los gastos que al menos en mi caso supone, quisiera contrastar con RRHH esta apreciación ya que me temo que se trate de un despiste ya que no le encuentro la lógica por ninguna parte.
Espero haberte aclarado cual es mi "preocupación" en este sentido. Muchas gracias de nuevo y un saludo.
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Publicado: 20 Aug 2011 6:12 pm
chubby, eso si por supuesto llevas toda la razon es bastante absurdo yo tengo los 2 pero porq asi me lo aconsejaron desde mi sindicato ugt cuando yo les plantee mis dudas, es por eso q solicite los 2 pero no se si sera o no obligatorio a ciencia cierta.
Luego nos cuentas q te han respondido, asi saldremos de dudas.
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Publicado: 21 Aug 2011 3:55 pm
Mi caso es un poco particular, no sé si abrá más gente como yo, al ser discapacitado y haberme presentado por libre, en teoría solo me piden el certificado médico, lo que no sé es lo que pensarán cuando vean la discapacidad que aparecerá en dicho certificado, es decir, ¿me pedirán despues el certificado de compatiblilidad con el puesto de trabajo?
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Publicado: 22 Aug 2011 10:16 am
Hola chubby
Con esto del facebook me había olvidado un poco del foro y no había visto los mensajes.
La dirección de correo electrónico que ha puesto tete19 es la misma que yo tengo, pero te doy el mismo consejo que ella, registra el documento en el que hagas tu consulta porque te puede suceder como a mí, que les dirigí una duda en mayo a esa misma dirección y todavía estoy esperando contestación.
Un saludo _________________ No tengo talentos especiales, pero sí soy profundamente curioso
Albert Einstein
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Publicado: 22 Aug 2011 10:57 am
Hola a todos, esta mañana he llamado a RRHH y me han dicho que nosotros los del turno de discapacitados NO tenemos que llevar certificado médico, solo el de compatibilidad. Un saludo.
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Publicado: 22 Aug 2011 11:38 am
rocki86 escribió:
Hola a todos, esta mañana he llamado a RRHH y me han dicho que nosotros los del turno de discapacitados NO tenemos que llevar certificado médico, solo el de compatibilidad. Un saludo.
Muchas gracias Rocki86 por tu información.
Sin duda eso es lo mas lógico. Aunque no estaría de más que si lo que aparece en la resolución es un error, tal y como se deduce, lo rectificasen y evitar así más malos entendidos.
Lo dicho, gracias una vez más.
Por otro lado qwerty, sin duda que tu caso es un tanto peculiar, e incluso puede que no seas el único a quien le haya sucedido algo similar.
Si nos atenemos a las bases y teniendo en cuento que en ellas se refiere a factores concurrentes a fecha de finalización de la presentación de solicitudes, yo díría que con tu certificado médico debiera ser suficiente (En el se expecificaran tus limitaciones y la compatibilidad con el trabajo, vamos digo yo).
Aún así, y siendo una cuestión tan transcendental como esta, yo me informaría debidamente en RRHH, o directamente prepararía el susodicho certificado de bienestar social. Aunque estoy seguro que ya lo habras contemplado.
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Publicado: 24 Aug 2011 9:20 am
Buenos días:
Finalmente opté por solicitar información via email y lo cierto es que se me ha respondido rapidamente y de forma lo suficientemente clarificadora. Esto es una transcripción de la respuesta que me han enviado al respecto:
"Quienes se han presentado por el turno de personas con discapacidad tienen que presentar el correspondiente certificado de compatibilidad expedido por el Centro Base, pero no el certificado médico".
Con esto doy el asunto por zanjado y lo pongo en vuestro conocimiento para quien pueda interesarle.