sibol
Mega oposit@r

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Publicado: 10 Feb 2012 11:13 am Título del mensaje: Re: BOE 19 ENERO 2012
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Adjunto respuesta que circula de un sindicato, respecto a la categoría de celador.
Actualmente para trabajar de Celador no es necesario la posesión de ningún título profesional, sólo hay que
cumplir el requisito que se estableció en el Estatuto Marco, artículo 7.2.c) “certificación de los años cursados
y calificaciones obtenidas en la Educación Secundaria Obligatoria, o título o certificado equivalente”, que es
lo que se ha venido exigiendo en todas las Ofertas Públicas de Empleo.
La cualificación profesional del Celador denominada “Traslado y movilización de usuarios/as y/o pacientes,
documentación y materiales en centros sanitarios”, no es ningún título académico ni certificación profesional
oficial, es el estudio que la Administración ha realizado para determinar las competencias y actividades
profesionales que han de poseer los Celadores.
Está cualificación profesional está clasificada en el nivel 1, en contra del criterio expresado por CCOO
que solicitaba el nivel 2, lo que significa que este colectivo profesional no va a ver modificado su nivel de
clasificación profesional, al no conformar la cualificación ningún título de formación profesional y por tanto
no varía el nivel académico de los requisitos exigidos para su ingreso en la administración sanitaria.
A pesar de esta disconformidad, hemos de decir que la publicación de la cualificación es un avance en el
reconocimiento de la profesionalidad de los Celadores.
Los Celadores que, actualmente, están trabajando en los Servicios de Salud, en ningún caso, tienen que
acreditar nuevas titulaciones para continuar ejerciendo su actividad profesional, puesto que ya cumplieron,
en su día, con el requisito exigido en el Estatuto Marco.
Si la Administración, en un futuro, exigiera a los nuevos Celadores la posesión de esta cualificación para su
ingreso en los diferentes Servicios de Salud, es cuando sería necesario acreditarla mediante una titulación
oficial, que en este caso sería el Certificado de Profesionalidad que, actualmente, ni está elaborado ni
publicado
Para obtener este Certificado de Profesionalidad existen dos vías, una mediante el estudio de los módulos
formativos (asignaturas) en centros de formación debidamente acreditados por la Administración, hoy
en día, no existe ninguno que imparta esta formación. Y la segunda es convalidar la experiencia laboral
por el Certificado de Profesionalidad, para realizar esto es necesario que la Administración haga una
convocatoria específica de este procedimiento, es decir, que no se puede hacer de manera automática
sino que hay que esperar a que la Administración autorice la presentación de las solicitudes para conseguir
dicha convalidación.
Un cordial saludo
| withor escribió: | http://www.boe.es/boe/dias/2012/01/19/pdfs/BOE-A-2012-809.pdf
Para los que estén esperando a coger la plaza ya mismo, por lo que se comenta esto será en unos años, no parece que sea inmediato ¿no?
¿los que tienen la plaza también lo tendrán que hacer o sólo los que empiecen a partir de ahora? Si lo tenemos que hacer todos ya intentaré averiguar donde se hace y os lo diría o si alguien lo sabe le agradecería mucho que lo comentase aquí. |
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